lunes, 4 de mayo de 2015

XI. La conciencia




LA CONCIENCIA


La palabra conciencia (cum–scientia) significa saber conjunto; comprende junto con los principios éticos universales de la ley natural el conocimiento de las circunstancias determinadas «de hecho» a las que hay que aplicar aquellos principios.

Las leyes éticas son un conjunto de verdades a las que debe conformarse el obrar humano; pero como las acciones del hombre son siempre singulares y concretas, el hombre necesita aplicar la ley ética a cada acción concreta. En este sentido, la aplicación de la ciencia al acto se llama conciencia ética.

La conciencia no es una facultad distinta del entendimiento, pues de lo contrario los juicios éticos serían irracionales. Por eso, la conciencia no es otra cosa que el intelecto en la función específica de juzgar acerca de la bondad o malicia de nuestros propios actos. Por ello, definimos la conciencia como:

«el juicio del intelecto práctico, que a partir de la ley natural juzga acerca de la bondad o malicia de un acto singular».

O también como:
 
el juicio de la razón por el que la persona humana reconoce la cualidad ética de un acto concreto que piensa hacer, está haciendo o ha hecho, aprobando las acciones concretas que son buenas y denunciando las que son malas”.

Por lo tanto, la conciencia no se plantea, por ejemplo, ¿por qué es malo mentir?, sino «si digo lo que estoy pensando, ¿mentiré?» El juicio de la conciencia no es autónomo. Con ello queremos decir que la conciencia no discute el valor de la ley ética, sino que aplica la ley a cada uno de los actos. Por este motivo, se puede decir que:

«sin ciencia no hay conciencia».

Conciencia y ley

Mediante el dictamen de su conciencia el hombre percibe y reconoce las prescripciones de la ley natural. La conciencia es una voz que advierte lo que es bueno y lo que es malo, alentándonos a seguir en el bien o recriminándonos cuando hacemos el mal.

«Mientras la ley natural ilumina sobre todo las exigencias objetivas y universales del bien ético, la conciencia es la aplicación de la ley a cada caso particular».

Hay dos modos opuestos y erróneos de entender la relación entre la ley moral (o ética) y la conciencia personal. El primero (heteronomía moral) consiste en afirmar que la ley condiciona absolutamente a la conciencia, de tal manera que no importa que una determinada norma parezca razonable o no: hay que obedecerla. La segunda (autonomía moral) sostiene que las únicas normas éticas capaces de hacernos honestos son las que proceden de la propia razón, es decir, de la conciencia personal, de tal manera que aunque la ley mande o prohíba algo, cada persona debe obedecer a lo que su conciencia prudentemente le dicte.

Frente a estas concepciones equivocadas podemos establecer los siguientes principios:

·      a la propia conciencia se le llama también sagrario del hombre para expresar que no puede ser maltratada por nadie. En consecuencia, a nadie se le puede hacer violencia en su intimidad aduciendo que él está en la verdad y el otro en el error;

·      así pues, el hombre debe seguir siempre su conciencia;

·      dado que el ser humano decide según su propia conciencia, es necesario que la forme para obtener una conciencia recta;

·      la ley enseña al hombre lo que es el bien y el mal en materia ética;

·      la conciencia debe aceptar la ayuda que le ofrecen todas las leyes;

·      el seguir las normas o leyes no esclaviza al hombre sino que, al contrario, lo libera. Y además, no coarta su autonomía pues las leyes son propias de la naturaleza humana, del ser humano;

·      muchas veces los presuntos conflictos entre la ley y la conciencia son reflejo de la dificultad que lleva consigo el cumplimiento mismo de dicha ley;

·      jamás se puede dar contradicción objetiva entre la ley ética y la conciencia, porque el juicio de conciencia no establece la ley, sino que afirma la autoridad de la ley natural. Y si se diese alguna vez la posibilidad de no poder salir del conflicto entre conciencia y ley después de haber puesto todos los medios para ello, se tendrá que seguir la conciencia personal.
 

La obligatoriedad de la conciencia

Por una parte, la ley ética obliga, y por otra, el hombre debe seguir obligatoriamente su conciencia. El hombre tiene obligación de hacer lo que, mediante su acto de conciencia, conoce como un bien que le es señalado aquí y ahora. En consecuencia:

·      no hay oposición objetiva entre el dictamen de la conciencia y lo que prescribe la ley ética;

·      hay que respetar la libertad de las conciencias, es decir, nadie debe ser obligado a actuar contra su conciencia, ni se le debe impedir que actúe según su conciencia (sobre todo en materia religiosa);

·      cada persona es responsable de sus actos; esta responsabilidad constituye una llamada a buscar la verdad ética y a dejarse guiar por ella en su actuación.


Pruebas de la existencia de la conciencia moral

La existencia de la conciencia moral es algo experimentable por cada uno de nosotros. No obstante lo más evidente es que cada hombre puede reflexionar y ser consciente de la actividad que realiza. En un primer estadio se puede afirmar que el animal siente, pero no se siente. Es decir, no tiene conciencia de las propias sensaciones. En cambio, el hombre, por ejemplo, se enfría y se siente enfriado, lo vive.

En otro estadio, nos damos cuenta de que el ser humano tiene también conciencia intelectual, racional, es decir, la reflexión se da, además, en el nivel intelectual. Es el caer en la cuenta, cuyo significado es más íntimo que la mera sensación.

En un último estadio, el ser humano reflexiona sobre lo que realiza y emite un juicio práctico al que denominamos conciencia moral, y así al hombre le recrimina su conciencia, si ha hecho mal, o le alaba, si ha hecho bien.
 

Modalidades de la conciencia ética o moral

La conciencia presenta diferentes modalidades según a lo que se refiera. Estudiaremos ahora los tres casos más comunes.

a) Por su relación al acto

o  Antecedente: es la que juzga sobre un acto que se va a realizar mandándolo o prohibiéndolo y, otras veces, aconsejándolo o disuadiéndolo.

o  Consecuente: es la que aprueba o desaprueba un acto ya realizado produciendo autoaprobación o remordimiento.

o  Concomitante: es la que acompaña a la realización del acto, es decir, el «darse cuenta» de que se realiza.

b) Por la conformidad con la ley moral
 
o  Verdadera: es aquella que juzga como bueno aquello que es realmente bueno, o como malo aquello que es realmente malo; es decir, juzga conforme a la ley ética (“dar en el clavo”).

o  Errónea o falsa: es aquella que juzga como bueno lo que es en realidad malo y como malo lo que en realidad es bueno. Es decir, juzga con desacuerdo a la ley ética.

Todo error supone la ignorancia. Ahora bien, la ignorancia puede ser vencible o invencible. El error invencible es aquel en que puestos todos los medios por salir del error no se puede llegar al conocimiento de la verdad. El error vencible es aquel en el que no se han empleado todos los medios necesarios para salir de esta situación. Estos dos errores dan lugar a dos tipos de conciencia: la venciblemente errónea y la invenciblemente errónea.

La ignorancia invencible es inculpable y la vencible es siempre culpable, ya que es consecuencia de la mala voluntad.

 c) Por el tipo de asentimiento

o  Cierta: es la que juzga sin temor a que la posibilidad contraria pueda ser verdad. Es decir, juzga con firmeza («estoy seguro de...»)

o  Dudosa: es aquella que suspende el juicio de la conciencia porque la inteligencia no ve motivos entre las dos posibilidades de actuar. (No es lícito actuar con conciencia dudosa: hay que salir de la duda). Cuando admite con probabilidad una de ambas posibilidades, aunque también admite que la opuesta parece que sea cierta, se llama conciencia probable.

d) Por relación a la formación o deformación

o  Recta: es la que juzga conforme a la norma con verdad y certeza. Esta conciencia se puede adquirir con una cuidada formación de la misma.

o  Conciencia laxa: es aquella que quita razón de maldad a cualquier acción que realmente la tiene, sin fundamento alguno. Esta a su vez se puede dividir en «cauterizada» y «farisaica». Se llama cauterizada cuando por la frecuente repetición de un cierto tipo de acciones inmorales no llega a advertir su maldad. La farisaica es aquella que sensibiliza a la persona ante algunos actos externos, pero infringe acciones sin escrúpulo en materias de gran importancia.

o  Conciencia escrupulosa: es aquella que teme obrar mal en acciones, sin ningún tipo de motivo fundado. La conciencia escrupulosa atormenta al que la posee suscitando dudas que ya fueron eliminadas anteriormente. El escrupuloso tiene un temor y una ansiedad desproporcionados. Y esta escrupulosidad llega a la ansiedad neurótica que constituye más un estado enfermizo que ético.


Principios para seguir la conciencia

Como la conciencia puede ser de muchos tipos, conviene determinar cuándo un juicio de conciencia es regla de moralidad.

A. Sólo es regla moral aquella conciencia que sea cierta y a la vez verdadera o invenciblemente errónea. De lo dicho, podemos deducir que sólo es regla de moralidad la conciencia cierta, pues quien actúa contra ella, obra mal. Pero además de cierta, la conciencia debe ser verdadera, es decir, que la objetividad y la subjetividad coincidan (por objetividad entendemos la conformidad con la norma ética; y por subjetividad, la certeza en el asentimiento).

Ahora bien, la imperfección humana posibilita que el hombre, puestos todos los medios para salir del error, en algún caso juzgue como recto algo que es falso, es decir, que actúe con conciencia invenciblemente errónea. En este caso, si actúa con este tipo de conciencia, además de tener certeza, es regla de moralidad, pues la conciencia invenciblemente errónea se equipara a la verdadera.

B. No es regla de moral la conciencia venciblemente errónea, y esto sucede por dos motivos. Por una parte, no se puede obrar contra ella, pues se realizaría lo que se juzga mal. Pero a su vez tampoco es lícito seguirla, ya que el acto que sigue a un error culpable, lo es in causa, es decir, es culpable porque el error del que procede podría haber sido evitado.

C. No es norma de moralidad el actuar con conciencia dudosa. El que tiene una duda fundada en serias razones sobre si un acto es lícito o no, no puede realizarlo, ya que se expone a obrar mal y, por eso, debe indagar y buscar consejo para salir de la duda antes de realizar la acción.

 
Formación de la conciencia moral

Dado que la conciencia es la regla ética de nuestras acciones, y de nuestros actos depende la felicidad, es de máximo interés poseer, además de una conciencia cierta, una conciencia verdadera. Ello lleva consigo que todo hombre debe preocuparse por adquirir una firme conciencia ética.

En la práctica, ese afán de conformar nuestra conciencia con la ley ética se traduce en una instrucción oportuna por el conocimiento de las leyes éticas. Concretamente, supone una actitud positiva por parte del hombre para practicar las virtudes y huir de los vicios. Y las virtudes fundamentales (que debe adquirir en este terreno) son la sinceridad y la humildad, para saber reconocer los propios errores y pedir consejo a las personas prudentes.

Sobre todo, la formación de la conciencia viene obligada en los casos, muchas veces frecuentes, en los que tenga duda sobre la moralidad de los actos a realizar. En estas situaciones se verá obligado a consultar con personas prudentes para salir de la duda sin caer en la tentación fácil de seguir el consejo que más nos favorezca, sino aquel que más se acomode a la recta razón.

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